jueves, 18 de junio de 2009


Univeridad Nacional de Asunción
Facultad de Derecho y Ciencias Sociales
DERECHO INFORMATICO
TERCER AÑO - QUINTO SEMESTRE

E-MAIL: normahellmangaleano@hotmain.com

8 comentarios:

Norma Hellman dijo...

Preguntas dadas en clases:
TV-DIGITAL:
Artículo 27 - DEL EMPLEO DE LOS MEDIOS MASIVOS DE COMUNICACIÓN
SOCIAL
El empleo de los medios de comunicación es de interés público; en consecuencia, no se los
podrá clausurar ni suspender su funcionamiento.
No se admitirá la prensa carente de dirección responsable.
Se prohibe toda práctica discriminatoria en la provisión de insumos para la prensa, así como
interferir las frecuencias radioeléctricas y obstruir, de la manera que fuese, la libre
circulación, la distribución y la venta de periódicos, libros, revistas o demás publicaciones con
dirección o autoría responsable.
Se garantiza el pluralismo informativo.
La ley regulará la publicidad a los efectos de la mejor protección de los derechos del niño, del
joven, del analfabeto, del consumidor y de la mujer.

Norma Hellman dijo...

INTERNET COPACO: No del todo libre...

No obstante, hay que destacar que el nuevo estatuto no establece reglas de juego sobre la polémica tecnología de voz sobre el protocolo de Internet (VoIP). El proyecto inicialmente presentado fue rechazado por mayoría del directorio de Conatel, que presentó otro alternativo, en el que no se estipula nada referente al punto de conflicto. si bien el reglamento es una propuesta en buena parte elaborada por lo consensuado, salta algunos detalles que la perfeccionarían.
Pero lo hecho, hecho está. Ahora, queda en manos del órgano regulador de las telecomunicaciones poner plazos para determinar pautas para servicios como el mencionado y otros que irán apareciendo con el avance de la tecnología.
Las nueva tecnologías dan la posibilidad de que se creen puestos de trabajo tras la medida. Recordemos que según un informe elaborado el año pasado por el Banco Mundial, se podrían crear 50.000 puestos de empleo directo en un plazo de 10 años, tras la liberación del servicio.
No obstante, gran porcentaje de los empleos, debería surgir mediante empresas que operen como call centers o centros de atención telefónica, aunque nuevamente la traba es que dichas instituciones operan por lo general con la tecnología de telefonía IP, aún no regulada.

Se mantiene un esquema de ilegalidad

La liberación (parcial) de Internet es un paso robusto hacia el fortalecimiento de la institución regulatoria de las telecomunicaciones y la reducción de la brecha digital; no obstante, la no aprobación de un reglamento sobre la tecnología de voz sobre Internet (VoIP) significa que se mantiene un esquema que deja las cosas tal como están; con pérdidas para la telefónica básica y sin avances en el campo.

Una resolución, apartada del reglamento aprobado finalmente, debía normalizar el servicio de voz sobre Internet. Esto ante la extrema necesidad de hacer cumplir lo establecido por la Ley Nº 642/95, entre otras cosas “promover la integración de los lugares más apartados a los centros urbanos”.

Liliana Cabaña dijo...

La "conversión digital", es decir, la transición de la radiodifusión analógica a la digital, es un proceso complejo con implicaciones económicas y sociales que van más allá de una mera migración técnica. El desarrollo de la radiodifusión digital es positivo ya que mejora la variedad y la calidad de los servicios, especialmente gracias a la compresión.
Ésta aumenta tanto el rendimiento del espectro como la capacidad útil de la red.Las intervenciones políticas de los Estados miembros deberán ser transparentes,justificadas, proporcionadas y oportunas en el tiempo, con el fin de minimizar los riesgos de falseamiento de la competencia. Deberán formularse con arreglo a unas directrices políticas
específicas y bien determinadas en función de las dificultades que presente el mercado. Esto exige la realización de evaluaciones de impacto y la instauración de un seguimiento, tanto de la aplicación de la política como de la evolución del mercado. Intentar imponer la conversión en contra de los intereses del sector y de los usuarios puede tener consecuencias insostenibles.

Belen Lobos dijo...

Artículo 189.- Aprovechamiento clandestino de una prestación

1º El que con la intención de evitar el pago de la prestación, clandestinamente:

1. se aprovechara del servicio de un aparato automático, de una red de

telecomunicaciones destinada al público, o de un medio de transporte; o

2. accediera a un evento o a una instalación, será castigado con pena privativa de

libertad de hasta un año o con multa, siempre que no estén previstas penas

mayores en otro artículo.

2º En estos casos, será castigada también la tentativa.

3º En lo pertinente se aplicará lo dispuesto en los artículos 171 y 172.

Belen Lobos dijo...

¿Tiene alguna desventaja Televisión Digital Terrestre?
Aunque el acceso a la oferta de servicios y contenidos de la TDT es gratuito, es necesario realizar un gasto previo para poder disfrutar de la misma.

Este gasto corresponderá a la adquisición de un receptor, ya sea con un sintonizador externo (Set-top box) o un televisor con sintonizador digital integrado.

Elisa Penayo dijo...

1)para la liberacion de internet primeramente deben marcarse las normas con la que va a ser regidas, para ello debe elaborarse una ley especifica por la cual se va a regir, una vez aprobada esta ley y suponiendo que en ella se delimito claramente los mecanimos a seguir para poder acceder a ella, el desarrollo sociologico sera mas amplio puesto que las instituciones educativas accederan a ella pudiendo asi mejorar los mecanimos de vida .
2)sobre la transformacion de la television analogica a la digital, nos encontramos con una laguna legal, y si lograramos acceder a ella seria muy costoso la adquisicion de un televisor con sintonizador lo cual significa que solo unos pocos podran accerder a ella

José Alfonso dijo...

¿Cuáles serían los detalles que la perfeccionarían?
""Ahora, queda en manos del órgano regulador de las telecomunicaciones poner plazos para determinar pautas para servicios como el mencionado y otros que irán apareciendo con el avance de la tecnología."" ¿Hubo tiempo en el que fuera distinto?

Cristina Zaracho dijo...

A mi criterio en cuanto a la implicancia juridica sería conveniente e imprescindible la creación de un nuevo cuerpo legal especifico que tipifique y sancione todos los delitos informaticos que se puedan realizar a través del servicio de internet, como por ejemplo podemos citar: extorsiones, estafas invasión a la privacidad, entre otros.
DERECHO UNA